Actualmente nos estamos encontrando con noticias e información que nos están disparando a cada momento y por todos los medios, sobre el paradigma y las bondades que representan el incremento al pago de diversos impuestos.

En el Art. 34 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se establecen las obligaciones de los mexicanos de contribuir al gasto público del país, en otras palabras, a pagar Impuestos.

Para comprender lo que esto mismo significa, tenemos que partir desde la base, conociendo que los impuestos, forman parte de los tributos que la autoridad impone a pagar a todos los ciudadanos, a través de las Leyes y de todo un conjunto de organismos administrativos creados para tal fin y que lo que se recaude por estos conceptos, servirá al menos para cuatro cosas a saber: 

  1. El sostenimiento del gasto público, dado que es su principal fuente de ingreso.
  2. La distribución de ese ingreso en las tareas más apremiantes, sin distingo de la capacidad económica de los ciudadanos.
  3. Mayor eficiencia en la economía, procurando compensar a quienes se ven afectados por las mismas actividades económicas en las que no participan.
  4. Para suavizar y enfrentar la crisis económica.

Los mexicanos destinamos más del 50% del ingreso familiar al pago de impuestos, además de que existen más de 30 impuestos diferentes y su complejidad afecta a las empresas pequeñas, las cuales son la mayoría en el país.

Los tributos.

Un tributo es la imposición por parte del Gobierno de pagar por un hecho imponible, entendiéndose este término, como todo hecho que da lugar a una acción tributaria, como sería la compra de cualquier bien o servicio por mínimo o elemental que pudiera ser.

Los impuestos forman parte o son una subdivisión de los tributos y en esto viene lo más interesante, el ciudadano está obligado a pagarlo sin recibir muchas veces nada en concreto a cambio, sino que sirve para el sostenimiento de otros gastos públicos.

Y aquí está el truco, pues la tributación, por ejemplo, del impuesto predial, no implica que un ciudadano pueda reclamar una prestación concreta del Estado, ya que eso dependerá de las normas fijadas dependiendo del momento y región, además de quedar su recaudación a la libre disposición de la autoridad, con los matices que quieran ponerle.

Partiendo de que el pago del impuesto predial es algo necesario para el funcionamiento de la economía de los municipios, entonces debe ser de beneficio tangible para todos en el corto plazo, estando previa y debidamente consultado con la sociedad, con sus correspondientes y precedentes estudios analíticos de expertos independientes, que justifiquen sus resultados y sus correspondientes tasaciones.

Valor Catastral e Impuesto predial.

El Impuesto Predial es un tributo con el cual se grava una propiedad o posesión inmobiliaria. Es decir, es una contribución que hacen los ciudadanos que son dueños de un inmueble, ya sea terreno, vivienda, oficina, edificio o local comercial.

Este impuesto existe en muchos países del mundo y se sustenta en la idea de que todos aquellos que son propietarios de un bien inmueble, deben aportar una cuota anual al Estado en forma de tributo.

El impuesto predial se calcula tomando como base el Valor Catastral del inmueble.

De manera coloquial, podemos decir que el valor catastral de un inmueble se determina a través de un proceso analítico que considera, entre otros, los valores del suelo y de la construcción existente, la ubicación, servicios, etc.

Así pues, los resultados del cálculo no sólo dependen del número de metros cuadrados del inmueble, sino también de la zona y tipo de construcción, condiciones topográficas, equipamiento y servicios urbanos con que cuenten.

Para complementar, podemos entender que, para calcular el valor catastral de un bien inmueble, se tiene en cuenta la localización del inmueble, la antigüedad del edificio, la calidad de la construcción, los gastos y aptitud para su objetivo, el costo del suelo o si tiene carácter histórico-artístico, entre otras cuestiones.

El valor catastral no puede superar el precio del mercado y normalmente, en muchos Municipios y Estados, se sitúa en la mitad del valor del bien inmueble y se le considera como un indicador paramétrico para realizar operaciones mercantiles o patrimoniales en general.

Los valores catastrales se pueden actualizar todos los años por medio de un coeficiente, que debe obedecer a las condiciones socioeconómicas que infieren en el sitio, a fin de evitar saltos bruscos en las tasas impositivas, que lejos de procurar mayores beneficios, afectan sustantivamente a los ciudadanos, pues los ingresos y actividades, son también parte de los factores en esta ecuación y cómo han estado estos dos últimos años, no se distingue una razón sustentable para su incremento tan abrupto.

También se puede actualizar de manera general el valor catastral de todos los inmuebles de un municipio, pero siempre con los mismos parámetros de equidad y justa distribución.

No debemos perder de vista que el Catastro es una entidad dependiente del Estado que actúa como un registro estadístico, y se encarga de tener los datos de los distintos bienes inmuebles de un determinado territorio, así como sus características.

La panacea.

La utilización del término “Panacea universal” se usa para enfatizar el poder de solución de todo, en términos de problemas o crisis.

La panacea también se puede usar en contextos específicos para indicar la búsqueda de maneras de resolver una dificultad como, por ejemplo: “el incremento a los impuestos no es una panacea presupuestal, pero es un avance para el sistema de recaudación”

En este sentido, la panacea constituye una metáfora para una cura contra algún padecimiento o un arreglo para lo que no funciona correctamente.

Los antiguos alquimistas estudiaban química y experimentaban con sustancias para crear la panacea universal y era un producto muy codiciado, ya que, además de curar y solucionar todo lo indeseado, tenía la facultad de otorgar la inmortalidad como algunos aún hoy creen.

Las pócimas que los alquimistas trataban de encontrar, representan una analogía hacia la búsqueda constante de un paraíso, para el caso, ambas ideas nos llevan a hacer aproximaciones con relación a que la recaudación, vía diferentes tipos de impuestos -aunque disten mucho de ello- si sirvan de promoción para otros fines.

De esta forma, la panacea que curaría todos los males sería el incremento en la recaudación para libre disposición, vía diferentes impuestos, algo que requiere una explicación a detalle y un establecimiento consensuado con la sociedad, que es la que desembolsará el importe que se está imponiendo a bote pronto.

Resulta por demás interesante, conocer los estudios que sirvieron de base para determinar los incrementos, la metodología y rigor con los que se realizaron y, sobre todo, conocer quienes los realizaron para transparentar el proceso y evitar conflictos de interés entre los que participan, ya sea directa o indirectamente.

No podemos perder de vista que la importancia que el Catastro representa en este asunto es elemental, pues es la base desde la cual se realizan los análisis y si consideramos que el mismo Catastro es una dependencia de la autoridad, entonces tenemos que conocer los mismos estudios y análisis que sustenten sus resultados.

El hecho de decir que se cuenta con un Consejo Ciudadano, es de gran ayuda, pero esa no es toda la sociedad, además de que existen diferentes actores independientes, que tienen que ser tomados en cuenta para dar transparencia y certeza a todos los procesos que incidan en el bolsillo de los ciudadanos para garantizar que las mejoras en servicios, sean reales en el corto plazo.

Para continuar avanzando como sociedad, tenemos que colaborar en cualquier etapa y tarea, a fin de lograr una Ciudad Sostenible y próspera como todos queremos.

Corolario.

“El incremento de impuestos debe obedecer a estudios técnicos independientes, explicados y consensuados con la sociedad”

  • Fotografía en portada de Andrea Cau en Unsplash.